miércoles, 10 de junio de 2009

Acueducto le ganó a la CAR tutela contra orden que ponía en peligro suministro de agua a Bogotá

El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordena a la CAR suspender la orden que le había dado al Acueducto para no captar agua de los ríos Bogotá y Teusacá.
Con ponencia de la magistrada, Yolanda Villamizar, en la providencia de 120 páginas, el Tribunal tutela el derecho a la vida y al agua como un derecho fundamental.
El tribunal concluyó que acatar la orden de la CAR de suspender la captación que hace el acueducto obligaría a racionar el suministro de agua potable no solo a los habitantes de Bogotá, sino a los municipios que se surten del Acueducto.
La CAR le había ordenado al Acueducto suspender la captación y el vertimiento de aguas, con el argumento de que la empresa bogotana no había tramitado la licencia.
Ante la alerta del Acueducto, en el sentido de que esa orden ponía en peligro el abastecimiento del líquido para la ciudad, que depende de la captación de agua que se hace de los ríos Bogotá y Teusacá, la CAR suspendió por 15 días la orden de suspender la captación, pero había dejado vigente la de los vertimientos. La suspensión temporal vencía ayer, 9 de junio.
El fallo del tribunal, que está en proceso de notificación, advierte que la CAR si tenía facultad de ordenar la suspensión de la captación de aguas, pero previamente debió garantizar una alternativa de suministro para no afectar a los usuarios. Como no lo hizo, no puede ordenar la suspensión.
No obstante el fallo advierte que la CAR tiene derecho a cobrar las tasas por la captación de agua que hace el acueducto y le ordena tramitar los cobros en las siguientes 48 horas a la notificación del fallo, y al acueducto proceder a pagar, dentrod e las 48 horas siguientes al cobro.
Además, el fallo es claro en advertir que el Acueducto está obligado a entregarle a la CAR la información que solicita en cuanto a censo de usuarios y otros temas.
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